De las cotizadas españolas, es más o menos lo mismo en todas partes, no difiere mucho. Sobre todo, cuatro temas más importantes. El primero es el de remuneraciones. Aquí en España desde la ley de sociedades de capital del 2014, hay que votar cada tres años una política de remuneraciones que es un voto obligatorio dentro de la junta, además, todos los años hay que presentar como voto consultivo, el informe de remuneraciones de lo que realmente se ha compensado en la compañía el año anterior. Y si no se aprueba, hay que presentar una nueva política para el año siguiente. Se miran las remuneraciones excesivas, el no alineamiento de los objetivos a largo plazo, no existencia de métricas. También las indemnizaciones, algunos bonos excesivos, sobretodo que no vayan relacionados con el largo plazo y/o que no se puedan medir.
El otro tema es el consejo y su independencia. El consejo es un pilar básico, no solo como un órgano de dirección, si no de administración y control. Es el enlace entre el management (la dirección de la compañía) y sus inversores. Por lo tanto, tiene que ser independiente, y esa independencia flojea. Primero tenemos la figura del presidente ejecutivo (que no está muy bien vista en los mercados anglosajones), este presidente asume las funciones de consejero delegado o es el presidente de la junta que a su vez es el primer ejecutivo de la compañía. Aunque está habiendo medidas, y los presidentes van nombrando consejeros delegados, se van retirando y tal, pero no siempre se convierte en un presidente independiente y por eso es importante que haya un número suficiente de consejeros independientes. En España tenemos la particularidad de los consejeros dominicales (esos consejeros propietarios que es una característica del mercado español que representan a las compañías) y esta sobrerrepresentación tampoco es buena para el gobierno corporativo porque aunque sea una compañía dominada por un accionista, debe tener un buen gobierno.
Luego, otro tema es el capital que es crucial. Hay dos tipos: operaciones financieras de capital y derechos de accionistas. Normalmente recomendamos que se vote en contra de ampliaciones de más del 10% sin derecho preferente y sobre todo si piden autorizaciones para 5 años. En asuntos de derechos de accionistas, velamos por que no haya acciones con derechos múltiples por ejemplo. Ahora hay un peligro con la transposición de la directiva, porque ha sacado de la nada las mal denominadas “acciones de lealtad” que pueden suponer un problema para el gobierno corporativo. Si hay acciones con múltiples derechos de voto, o acciones sin voto, se considera una mala práctica. Estos son los cuatro temas, en los demás estamos bien. Las auditorías son correctas y por lo general, las compañías están bastante bien en cuanto a gobierno corporativo se refiere.
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